Buscar este blog

Vistas de página en total

Mostrando entradas con la etiqueta reintegros. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta reintegros. Mostrar todas las entradas

jueves, 3 de octubre de 2019

Factor " F" de liquidación para reintegros en construcción civil 2019

Aprueban los Factores de Liquidación “F” para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicios de los trabajadores de Construcción Civil para las seis Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2018 a mayo de 2019


============

Nueva version

Manual regimen laboral construccion civil 2020-2021

Usted recibira ...
Manual  de 499  paginas en formato PDF




========

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 311-2019-INEI

Lima, 1 de octubre de 2019
Vistos el Oficio Nº 3428-2019-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Oficio N° 546-2019-INEI/DTIE de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 033-90-VC-9200, el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construcción – CREPCO, creó el Factor de Liquidación “F” y aprobó la fórmula del cálculo de reintegro por concepto de pago de Compensación por Tiempo de Servicios y dispuso que cada vez que se produzca una variación en los jornales de Construcción Civil que afecte el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios, deberá publicarse dicho factor de Liquidación;
Que, la Novena y Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, declara en desactivación y disolución el Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO) y transfiere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el Costo de las Obras;
Que, con Resolución Ministerial Nº 212-2019-TR el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, publica en el Diario Oficial El Peruano el documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2019-2020”, suscrito en trato directo el 22 de julio de 2019, entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú y la Cámara Peruana de la Construcción-CAPECO.
Que, mediante Oficio Nº 3428-2019-MTPE/2/14, la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, remite la Negociación Colectiva del Pliego de Reclamos de Construcción Civil 2019-2020 y el Auto Directoral N° 258-2019-MTPE/2/14 que dispone tener por presentado el Convenio Colectivo de Trabajo por rama de actividad correspondiente al periodo 2019-2020, de fecha 22 de julio de 2019, suscrito entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú- FTCCP y la Cámara Peruana de la Construcción- CAPECO;
Que, en la Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2019-2020, Expediente N° 173-2019-MTPE/2.14-NC, se acordó entre otros, que, a partir del 1 de junio de 2019 los trabajadores de Construcción Civil a nivel nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario;
Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos a través del Oficio Nº 546-2019-INEI/DTIE, en base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2019-2020 y al haberse producido variación en los jornales de Construcción Civil, solicita la aprobación del Factor de Liquidación “F” correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2018 a mayo de 2019, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción del Instituto Nacional de Estadística e Informática, tal como se desprende del Informe Nº 01-09-2019-INEI/DTIE;
Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Factores de Liquidación “F” para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicios de los trabajadores de Construcción Civil para las seis (06) Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2018 a mayo de 2019, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producida a partir del mes de junio 2019, en la forma siguiente:
--------------------------------------------------------------------------------------------
MES / AÑO FACTOR DE LIQUIDACIÓN
“F”
JUNIO 2018 - MAYO 2019
--------------------------------------------------------------------------------------------
Junio 2018 1,20
Julio 2018 1,20
Agosto 2018 1,20
Setiembre 2018 1,20
Octubre 2018 1,20
Noviembre 2018 1,20
Diciembre 2018 1,20
Enero 2019 1,20
Febrero 2019 1,20
--------------------------------------------------------------------------------------------
MES / AÑO FACTOR DE LIQUIDACIÓN
“F”
JUNIO 2018 - MAYO 2019
--------------------------------------------------------------------------------------------
Marzo 2019 1,20
Abril 2019 1,20
Mayo 2019 1,20
--------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 2.- Los Factores de Liquidación “F” precisados en el artículo precedente, se aplicarán según la fórmula aprobada por Resolución N° 033-90-VC-9200, donde “F” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización.

Artículo 3.- Los Factores de Liquidación “F” de la presente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación “F” anterior.
Regístrese y comuníquese.

Manual régimen laboral construcción civil 2019-2020


Documento de 457  paginas en formato PDF


En formato Excel :
 a.- Tabla de jornales construcción civil 2019-2020
 b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
 c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
 d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
 e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2019-2020



Resolverá sus dudas mas frecuentes ..

 ¿ A que empresas se aplica el régimen laboral de construcción civil ?

El Contrato de trabajo en construcción civil.
 ¿ Existe un contrato de trabajo en construcción civil ?

 ¿ Se debe presentar ante el Ministerio de trabajo  el contrato de trabajo en construcción civil?

 ¿ Existe la obligación que todo trabajador de construcción civil este registrador en el  Registro Nacional de trabajadores de construcción civil (RETCC)?

 ¿ Que sucedería si el trabajador no esta inscrito en el
Registro Nacional de trabajadores de construcción civil (RETCC) y la empresa lo contrata?

¿ El sindicato puede exigir la contratación de determinado trabajador a la empresa?
¿ Que norma ampara esta decisión?


______________________________

viernes, 15 de septiembre de 2017

Pago de reintegro trabajador cesado


Liquidamos varios obreros   en Construcción Civil en Agosto 2017 , estos trabajaron con nosotros desde Enero 2017 ?
Debido a  la suscripción del nuevo convenio colectivo 2017-2018 vigente desde 01/06/2017  
¿ TENGO QUE REINTEGRARLES?

¿ Como procedo ,si ya le dimos de baja en el T-Registro?

-----------------------------------

Usted como empleador esta obligado a reintegrarle el monto respectivo desde el 01/06/2017 hasta la fecha de cese.

Es una exigencia acordada en el convenio colectivo 2017-2018

De baja en el T-registro

Debera activar a dichos trabajadores para registrar el monto que cobraran en su ioportunidad.

jueves, 14 de septiembre de 2017

Derecho al cobro de reintegros de remuneraciones

¿ Es requisito para el cobro de reintegros en remuneraciones o beneficios sociales tener el contrato de trabajo vigente ?

Lo que sucede : Algunas empresas para evitar el pago de reintegros en remuneraciones , cesan al trabajador .

Lo correcto :
En la legislación laboral peruana no se exige que el trabajador tenga la relación de trabajo vigente para realizar el cobro de algún reintegro económico.

Recuerde : Un reintegro es aquella parte económica que no se cobro en su momento, debido a :
a.- Que se pago en forma normal pero  en el futuro se acordó un ajuste del mismo
b.- Por que al trabajador se le pago en forma incompleta en su momento , y ante un reclamo el empleador se ve obligado a " reintegrar " el faltante.


En consecuencia
El retirar , cesar o despedir a un trabajador para evitar el pago de reintegros no tiene sentido alguno.

Si el trabajador es retirado y no se le cancela las deudas económicas que se tienen con el , se puede recurrir ante la SUNAFIL y en ultimo caso al Poder judicial

En todos esos casos el empleador perderá : tiempo , imagen y ... paciencia.


Manual ABC de la legislación laboral peruana 2017


¿ Desea conocer la legislación laboral peruana de manera fácil , clara , ordenada y actualizada a la fecha?

Documento en formato PDF
290 paginas


viernes, 19 de agosto de 2016

Modifican indice unificado mano de obra

Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2016

Norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 287-2016-INEI
Publicado : 19/08/2016
=====================================

Para recordar : Suscrito el convenio colectivo de construcción civil 2016-2017 , este indice unificado de mano de obra servira para calcular los reintegros remunerativos correspondientes.


RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 287-2016-INEI
Lima, 17 de agosto de 2016

CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluciones Jefaturales  Nºs. 229, 247 y 266-2016-INEI, se aprobaron los Índices Unificados de Precios, para las seis áreas geográficas correspondientes a los meses de junio y julio de 2016;

Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y a través del Expediente Nº 142-2016-MTPE/2.14-NC, con fecha 15 de julio de 2016, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2016-2017, registrada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el 04 de agosto de 2016, con el Auto Directoral General Nº 186-2016-MTPE/2/14, en la cual, como resultado de la negociación directa, se acordó entre otros, otorgar un aumento general sobre su jornal básico diario, a los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, a partir del 1 de junio de 2016;

Que, para tal efecto resulta necesario modificar el Índice Unificado de Mano de Obra de los meses de junio y julio de 2016, para las seis áreas geográficas; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2016, en la forma siguiente: 


CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA

Artículo 2º.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes desde junio a julio de 2016, deberán utilizar para la fijación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales Nºs. 229, 247 y 266-2016-INEI, que aprobaron los Índices Unificados correspondientes a dichos meses.

Regístrese y comuníquese

Modifican factor reajuste costo materiales obra de construcción

Modifican Factores de Reajuste aplicables a Obras de Edificación del Sector No Público para las seis áreas geográficas, correspondientes al mes de junio de 2016

Norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 288-2016-INEI
Publicado : 19/08/2016
============================================

Para recordar : Este factor de reajuste servira para variar el precio de los elementos que intervienen en el costo de las obras de construccion civil , facilitando el calculo de los reintegros remunerativos por el convenio Colectivo 2016-2017

============================

Lima, 17 de agosto de 2016

CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 248-2016-INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificación, correspondientes a las seis (06) áreas geográficas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en el mes de junio;

Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y a través del Expediente Nº 142-2016-MTPE/2.14-NC, con fecha 15 de julio de 2016, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2016-2017, registrada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el 04 de agosto de 2016, con el Auto Directoral General Nº 186-2016-MTPE/2/14, en la cual, como resultado de la negociación directa, se acordó entre otros, otorgar un aumento general sobre su jornal básico diario, a los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, a partir del 1 de junio de 2016;

Que, resulta pertinente modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación para las seis (06) áreas geográficas correspondientes al mes de junio de 2016; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:

Artículo Único. - Modificar los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificación del Sector No Público para las seis (6) áreas geográficas, correspondientes al mes de junio de 2016, que se indica a continuación:


FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DEL 01 AL 30 DE JUNIO DE 2016 (*)

(*) En base al Convenio Colectivo de fecha 15 de julio de 2016, Exp. Nº 142-2016-MTPE/2.14-NC

sábado, 29 de agosto de 2015

Reintegro diario construcción civil convenio 2015-2016

Tabla de reintegro diario por incremento convenio colectivo 2015-2016 en construcción civil

Reintegros a considerar 
Desde :   01/06/2015
Hasta  :  12/08/2015

Cuadro desarrollado en excel para las categorías :
a.- Operario
b.- Oficial
c.- Peón

Incluye formulas de calculo

Reintegro por :
Jornal diario
Dominical
BUC
Indemnización
Utilidades
Vacaciones
Gratificación Fiestas Patrias 2015
Asignación escolar..

Ver cuadro en ....

Manual régimen laboral construcción civil 2015-2016

Documento en formato PDF
250 PAGINAS



Actualizado a la fecha
==============================================

DISPONIBLE 

Documento incluye :
Convenio colectivo 2015-2016  Nuevo

En formato Excel :
a.- Tabla de jornales de construcción civil 2015-2016

b.- Modelo de planilla para el pago del cese trabajador

c.- Modelo de planilla básica que incluyeboletas de pago.

d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en excell.